Instrucciones y responsabilidades de la sala virtual del tribunal

Información general

En respuesta a la situación de emergencia por el COVID-19 y con el fin de brindar acceso al Tribunal durante las órdenes de quedarse en casa, la División de Derecho Familiar del Tribunal Superior de Stanislaus está implementando un “tribunal virtual” por medio de tecnología de video remoto para las audiencias impugnadas por estipulación de las partes interesadas.

Estas Instrucciones y responsabilidades están diseñadas para garantizar audiencias completas y justas para todos los participantes y para mitigar en la medida de lo posible cualquier dificultad o desventaja inherente a la tecnología.

El juez que preside la sala virtual del tribunal tiene la autoridad para hacer cumplir estas Instrucciones y responsabilidades de la misma manera que el juez que preside una audiencia o juicio no virtual. (Código Proc. Civ., § 128(a)).


Instrucciones

  1. Sea puntual
    Asegúrese de haber probado todo el equipo de forma completa con anticipación para que esté listo cuando comience la sesión del tribunal. El Tribunal Superior de Stanislaus no es responsable de brindar asistencia técnica.

    *Para obtener una guía detallada de audio, video y resolución de problemas, consulte: https://support.zoom.us/hc/en-us . También, consulte el documento de Instrucciones de Zoom del Tribunal .

  2. Enfoque la cámara correctamente
    Cuando esté transmitiendo video, asegúrese de hacer lo siguiente:
    1. Enfoque su cámara de manera que se sienta natural y le permita mirar directamente a ella.
    2. Elija un lugar donde el fondo sea apropiado para una sala del tribunal y sin luces brillantes detrás de usted.
    3. Siempre hable directamente al micrófono de la computadora y no se levante a caminar durante las audiencias.
    4. Apague su cámara a menos que esté participando activamente en la audiencia, esto reducirá el número de participantes simultáneos en la pantalla.
  3. Use vestimenta apropiada para el tribunal
    Todas las personas que comparezcan en una sala virtual del tribunal deberán vestirse apropiadamente, como si comparecieran en persona en una sala tradicional del tribunal. No se podrá usar ninguno de los siguientes elementos al comparecer en video: anteojos de sol, sombreros, camisetas sin mangas o cualquier otra vestimenta incompatible con la dignidad tradicional del tribunal.
  4. Silencie su micrófono cuando no esté hablando
    Aunque no esté hablando y piense que está en silencio, la mayoría de los micrófonos (incluidos los de los teléfonos) pueden captar ruidos de fondo menores, como los sonidos al toser, estornudar, manipular papel o teclear. Estos sonidos pueden distraer fácilmente a otros participantes, incluido el taquígrafo del tribunal, quien podría no transcribir correctamente el procedimiento.
  5. Indique a todos quién es la persona que está hablando
    En la sala virtual del tribunal, es muy importante que los participantes sepan quién está hablando. Al hablar, comience por mencionar su nombre y luego hable lo más despacio y claro posible. Esto ayudará al juez, al secretario, al taquígrafo del tribunal y a todas las demás personas a entender sus lo que está diciendo.
  6. No se permiten las grabaciones ni retransmisiones
    Está prohibido fotografiar, grabar en video, televisar o grabar de cualquier otra manera un procedimiento del tribunal virtual, a menos que se haya presentado una solicitud por escrito y esta haya sido aprobada por el juez que preside el procedimiento antes del comienzo de este. Ninguna persona puede transmitir, grabar o tomar fotografías en ningún momento de la sesión de video, excepto según lo permitan estas reglas y la regla 1.150 de las Reglas de los Tribunales de California.
  7. Evidencia
    Cada participante es responsable de compartir evidencia durante un procedimiento virtual.
    1. Todas las evidencias estarán marcadas previamente ya sea de forma numérica (para el demandante) o alfabética (para el demandado).
    2. La parte que presenta la evidencia proporcionará copias de todas las evidencias marcadas previamente a la parte o partes contrarias al menos diez (10) días antes del juicio. La parte que presenta la evidencia también proporcionará copias de las evidencias al menos diez (10) días antes del juicio a los testigos a quienes se les pedirá que testifiquen con respecto a las evidencias o a quienes se les cuestionará con dichas evidencias a lo largo de su testimonio.
    3. Al menos diez (10) días antes del juicio, la parte que presenta la evidencia deberá presentar ante la oficina del secretario de derecho familiar todas las evidencias que usará en el juicio.
    4. Si hay documentos que se descubrieron u obtuvieron recientemente después del periodo de diez (10) días, o que se utilizarán únicamente con fines de recusación, es responsabilidad de la parte que presenta la evidencia asegurarse de presentar las copias verdaderas y correctas al Tribunal de forma oportuna para la audiencia, y que las evidencias o los materiales de recusación sean visibles en tiempo real en la pantalla, y legibles si están escritos, para el Tribunal y para todos los participantes, incluidos los testigos, las partes o sus abogados. El incumplimiento de este requisito puede considerarse, a discreción del Tribunal, motivo para excluir tales documentos o elementos de la evidencia.
  8. Intérpretes
    Si el caso requiere el uso de un intérprete:

    El Tribunal solo proporcionará un intérprete si hay uno disponible y si las partes notifican con suficiente antelación al coordinador de intérpretes. (Consulte la regla 3.10 y la regla 7.26(B) de las Reglas Locales [derecho familiar].)

    Las solicitudes de intérpretes deben recibirse un mínimo de dos (2) días antes de la audiencia para los siguientes idiomas: español, cantonés, mandarín, tagalo, portugués, árabe, vietnamita, ruso, coreano, tongano.

    Si se desea cualquier otro idioma, es necesario un aviso con un mínimo de siete (7) días de antelación. La solicitud oportuna de un intérprete no garantiza que el Tribunal pueda proporcionar uno.

    Todas las solicitudes de intérpretes deberán enviarse por medio del sitio web del Tribunal.

    Los abogados que necesiten tener una conversación privada con su cliente y que requieran un intérprete proporcionado por el Tribunal, deberán llamar al coordinador de intérpretes al 650-261-5023, y nosotros los comunicaremos con un intérprete en espera que podrá ayudar.

  9. Taquígrafos
    No se permiten los taquígrafos remotos. Se puede obtener un taquígrafo del tribunal en persona de acuerdo con las Reglas Locales. (Consulte la regla 7.26(C) de las Reglas Locales.)